Corte de Apelaciones de Valparaíso · Familia
Abierta la sucesión, las deudas del causante siguen su procedimiento legal
Lo que resolvió la Corte
La Corte confirmó la resolución apelada por la demandante, atendido el mérito de los antecedentes y el artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968, teniendo únicamente presente que, abierta la sucesión, el cobro de las deudas del causante debe seguir el procedimiento que la ley establece.
Materias tratadas
- Cobro de deudas del causante
- Apertura de la sucesión y necesidad de seguir el procedimiento legal para el cobro de las deudas del causante
- Confirmación de la sentencia apelada (artículo 67 N° 2 de la Ley N° 19.968)
- Recurso de apelación en el procedimiento de familia
Datos del fallo
- Tribunal
- Corte de Apelaciones de Valparaíso
- Área
- Familia
- Texto íntegro (PDF)
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- Resumen extenso
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